Como regla general, los compradores tienen que pensar en añadir un 10-15 % al precio de venta acordado para pagar los impuestos que surjan de la venta.
Propiedades de reventa – Impuesto de Transmisiones Patrimoniales
Precio de la propiedad |
0 – 400.000€ |
400.000,01€ - 700.000€ |
+ 700.000,1€ |
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales En Andalucía está fijado en: 7% indefinido para todas las propiedades de reventa. |
7% |
7% |
7% |
Gastos de Notaría (aprox.) |
0,50% |
0,50% |
0,50% |
Gastos de Registro de la Propiedad (aprox) |
0,30% |
0,30% |
0,30% |
Honorarios legales (aprox.) |
1% |
1% |
1% |
Gastos de hipoteca (aprox.) |
1% |
1% |
1% |
* Consejo: Los copropietarios pueden beneficiarse de un posible descuento porque, aunque se aplican los mismos tipos impositivos, la base imponible del precio de compra se calcula en proporción a la propiedad.
** Impuestos hipotecarios: Si compra una vivienda nueva o de segunda mano en España con una hipoteca, está obligado a pagar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, a un tipo del 1,5 %, sobre la responsabilidad máxima cubierta por la hipoteca (préstamo principal, intereses y costes judiciales en caso de impago).
Nuevas propiedades (normalmente de un promotor)
Los compradores tienen que pagar el IVA a un tipo fijo del 10 % sobre las propiedades de nueva construcción. Siempre que se deba pagar el IVA, los compradores también tienen que pagar el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados al 1,5 %.
IVA |
10% |
Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD) |
1,2% |
Gastos de Notaría (aprox.) |
0,5% |
Gastos de Registro de la Propiedad (aprox) |
0,30% |
Honorarios legales (aprox.) |
1% |
Gastos de hipoteca (aprox.) |
1% |
¿Cuándo debo pagar estos impuestos?
Todos los impuestos derivados de la venta de una propiedad en España deben pagarse en un plazo de 30 días hábiles a partir de la fecha de la firma de la escritura pública. Si no se cumple, se cobrará a los compradores un 20 % adicional en multas e intereses además de la cantidad adeudada.